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El Tercer Sector apoya petición aumentar del 0.7% al 1%
El Tercer Sector apoya la proposición de ley que pide aumentar del 0.7% al 1% la recaudación de la X Solidaria.


El Tercer Sector apoya la proposición de ley que pide aumentar del 0.7% al 1% la recaudación de la X Solidaria.


La Consejería de Salud y Familias ha otorgado a la Asociación Sevillana de ICTUS una ayuda por importe de 4.950 €, para el Programa “Atención Socio-Asistencial".
Calendario: Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020.
Un equipo formado por Trabajadora Social, Psicóloga, Fisioterapeuta y Abogada son las encargadas del desarrollo de este Programa.
Nuestro agradecimiento a la Consejería por su colaboración.
Decreto del Presidente 9/2021, de 18 de marzo, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.
Adecuación funcional básica de viviendas
Publicada Convocatoria 2020 de ayudas del Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas, mediante Orden de 21 de diciembre de 2020.
Abierto plazo de solicitud hasta 2 de marzo de 2021, inclusive.
Se trata de un programa de ayudas dirigido a personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes que necesiten adaptar su vivienda habitual a sus necesidades especiales, cuyas bases reguladoras se aprobaron mediante Orden de 24 de mayo de 2017.
Características Generales
Mediante este programa de ayudas se podrá contribuir a financiar obras y en su caso asistencias técnicas, para mejorar la seguridad y la adecuación funcional de las viviendas habituales a las necesidades especiales de las personas mayores, o de las personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes.
A quién va dirigido
Este programa va dirigido a:
Requisitos que deben cumplir quienes quieran solicitar estas ayudas
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Año |
IPREM Mensual |
IPREM Anual (14 pagas) |
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2021 |
564,90 € |
7.908,60 € |
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Cuantía de las ayudas
Las subvenciones tendrán una cuantía equivalente al 70 por ciento del coste total del presupuesto protegible, teniendo este presupuesto un límite máximo de 2.000 euros que se podrá incrementar por los gastos de asistencia técnica en 600 euros.
¿Qué obras se pueden subvencionar?
Se recogen a continuación las posibles obras a subvencionar:
Las solicitudes se presentarán utilizando el formulario Anexo I publicado con la Convocatoria y se puede presentar tanto presencial como telemáticamente.
Si se realiza presencialmente, se pueden dirigir a los lugares y registros previstos en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 82.2 de la ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Dicho esto, sugerir que preferentemente y en la medida que sea posible, se deben dirigir a las sedes de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico de la provincia donde se ubique la vivienda a adecuar.
Si se realiza telemáticamente, la pueden presentar en el apartado de Oficina Virtual de la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda localizando el trámite: “solicitud de adecuación funcional básica de vivienda”, para realizar el trámite mediante este modo, se debe disponer de certificado electrónico.
En el caso de que la solicitud se presente en un registro presencial distinto al de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, podrá remitirse copia completa de dicha solicitud, donde se visualice la fecha y número de registro de entrada al correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., con anterioridad a la finalización del plazo de presentación.
Para más información puede consultar el enlace:
Puede pedir cita en la Asociación Sevillana de ICTUS y le informaremos.
Teléfono: 954251510
Trabajadora Social: Rocío
Cómo pedir el nuevo complemento para reducir la brecha de género junto a la solicitud de su pensión

Si ha tenido uno o más hijos ya puede solicitar el nuevo complemento para reducir la brecha de género, junto al trámite de solicitud de su pensión de jubilación, incapacidad o viudedad. El nuevo complemento entró en vigor el pasado 4 de febrero y beneficia a las pensiones aprobadas a partir de esa fecha.
Este complemento para reducir la brecha de género está relacionado con el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a, sufrido de forma abrumadora por las mujeres, y es una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la cuantía de la pensión.
Cómo solicitarlo
Puede solicitarlo con Certificado Digital o DNI electrónico en el siguiente enlace:
Si tiene alguna duda, puede llamar al 901 166565 o al 915421176, líneas de atención telefónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Si prefiere realizar el trámite presencialmente, recuerde que debido a la actual situación sanitaria es necesario solicitar cita previa en el siguiente enlace: https://revista.seg-social.es/2021/01/14/como-solicitar-cita-previa-para-pensiones-y-otras-prestaciones-de-la-seguridad-social/
Detalles y requisitos
El nuevo complemento parte de una cuantía fija de 378 €/año, por hijo, hasta un máximo de 4 hijos. Es decir, la persona que al acceder a su pensión acredite, que cumpliendo los requisitos establecidos para este complemento, ha tenido con un hijo contará con 27 euros al mes más en su pensión; con dos hijos, tendrá 54 euros más al mes, etc. La cuantía se abonará en 14 pagas. Los requisitos para poder beneficiarse del mismo son:
El Ictus es una de las causas más frecuentes de trastornos lingüísticos en adultos. Estas alteraciones o trastornos se denominan Afasias. y consiste en la pérdida de la habilidad para comprender o expresar el lenguaje hablado o escrito.
EN EL PLAZO DE UN MES TRAS EL DIAGNÓSTICO
Reconocimiento del 33% de discapacidad en las enfermedades neurodegenerativas
El Congreso de los Diputados ha aprobado una Proposición No de Ley (PNL) por la que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, para reconocer a las enfermedades neurodegenerativas un grado de discapacidad mínimo del 33% y para crear un nuevo tipo de discapacidad basado en la tipología de estas patologías.
Concretamente, la PNL, aprobada con 188 votos a favor, 155 en contra y 7 abstenciones, insta al Gobierno a “modificar los baremos utilizados para determinar el grado de discapacidad, debiendo reconocer en el plazo de un mes y tras el diagnóstico médico confirmado de enfermedades neurodegenerativas un porcentaje mínimo de discapacidad del 33%, como corresponde a la especificidad, la realidad y las necesidades diarias que genera la evolución de estas enfermedades, con plenos efectos hasta la obtención del porcentaje definitivo de discapacidad al que tenga derecho la persona con esta enfermedad”.
Es más; el texto también propone adoptar en marco del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, “las medidas oportunas para atender las peticiones de las asociaciones de enfermos de esclerosis múltiple, párkinson, esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y otras enfermedades neurodegenerativas, referentes a la creación de un nuevo tipo de discapacidad basado en la tipología propia de estas enfermedades».
Reconocimiento al diagnóstico
En la presentación de la PNL para su votación en el Congreso, el diputado Néstor Rego, del Grupo Parlamentario Plural, recordaba que todas las enfermedades neurodegenerativas presentan como característica común su cronicidad y su evolución progresiva, causando un grave deterioro físico y cognitivo que supone una desprotección para los pacientes adultos en edad laboral. No en vano, el cuidado casi permanente del enfermo conlleva en muchos casos el abandono del trabajo por parte del propio paciente –7 de cada 10 dejan de trabajar 10 años después del diagnóstico– y de su cuidador/a principal, con el consiguiente perjuicio que esto implica.
Es más; las enfermedades neurodegenerativas, a día de hoy incurables, afectan negativamente a la calidad de vida del paciente y sus allegados ya desde su aparición, razón por la que las asociaciones de pacientes inciden en reclamar el reconocimiento automático del 33% de discapacidad con el diagnóstico y, así, mejorar el acceso de los afectados a las medidas de protección social y al empleo.
Como concluía Rego Candamil en su exposición, “con el reconocimiento automático de una discapacidad del 33 % y el consiguiente acceso a medidas de apoyo se conseguiría que las personas afectadas por estas enfermedades se mantuvieran activas el mayor tiempo posible, contribuyendo su calidad de vida y bienestar y, al mismo tiempo, a disminuir el gasto social”.
Fuente: somospacientes.com

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